Fichaje de Empleados

Fichaje de empleados.
Registro Diario Obligatorio de la Jornada de los Trabajadores.

El RD-Ley 8/2019  publicado el 12 de marzo de 2019  introduce la siguiente obligación en relación con el Registro y Control de la jornada de los trabajadores.

La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria.

– Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se organizará y documentará este registro de jornada.

– La empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años y permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Modificación de la Ley Infracciones y Sanciones del Orden Social
Se introduce una modificación en la LISOS para establecer expresamente como infracción grave el hecho de no contar con el registro diario de la jornada.

La transgresión de las normas y los límites legales o pactados en materia de jornada, trabajo nocturno, horas extraordinarias, horas complementarias, descansos, vacaciones, permisos, registro de jornada y, en general, el tiempo de trabajo a que se refieren los artículos 12, 23 y 34 a 38 del Estatuto de los Trabajadores.  Las sanciones podrán acarrear multas de entre 626 y 6.250 euros para las empresas, aunque no podrá multiplicarse. Es decir, aunque la empresa tenga muchos trabajadores, el importe de la sanción no se multiplicará por la cantidad de empleados afectados, sino que se impondrá una sola multa general.

Entrada en vigor: 12 DE MAYO DE 2019.

Lo que la norma no indica es el método que deben establecer las empresas para el registro por lo que será la empresa la que establezca el método que mejor se ajuste a sus necesidades.

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¿Tiene alguna duda sobre el Registro de Jornada Laboral?
En este enlace puede descargarse la guía que el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social ha realizado para resolver las preguntas que cualquier empresario pueda tener.

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